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Garantías en el contrato de construcción

Extracto de publicación realizada dentro trabajo de investigación de Magíster en Derecho

Las garantías solicitadas al contratista emanan de su obligación principal de dar cumplimiento íntegro, fiel y oportuno a las obligaciones que emanan de la relación contractual entre las partes, que abarca desde la etapa precontractual, como la licitación cuando se opera por este medio, hasta la ejecución del proyecto, y una vez terminadas las obras. Para garantizar dicho cumplimiento se consignan garantías mediante dos instrumentos: la póliza de caución o la boleta bancaria. Ambos instrumentos tienen la particularidad de ser garantías líquidas, no revocables y pagaderas a su sola presentación, una vez que sea calificado debidamente por el propietario el incumplimiento en alguna de las etapas mencionadas.

A continuación, se describen brevemente las garantías que se deben constituir por el contratista:

Garantía de seriedad de la oferta

Corresponde a una garantía provisional cuya finalidad es caucionar que, en el evento que el contratista se adjudique el proyecto, éste suscribirá el contrato de construcción, cumpliendo los requisitos establecidos en las bases de licitación y constituyendo las garantías definitivas. A los licitantes que no se adjudicaron el proyecto se les deben restituir la póliza de caución o boleta de garantía entregadas.

Garantía de fiel cumplimiento del contrato. El objetivo es garantizar el fiel, correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, constituyendo una garantía amplia, cuya finalidad es proteger al propietario de los daños y perjuicios que puede sufrir por el incumplimiento de las obligaciones del contratista. Debe ser constituida una vez que se adjudica el proyecto al mejor oferente, y en caso de que se retarde o niegue la entrega de la garantía por parte de éste, el propietario puede hacer efectiva la póliza o boleta de garantía de seriedad de la oferta. Para que cumpla su objetivo, la garantía debe permanecer vigente durante todo el plazo del proyecto, siendo ejecutable en cualquier momento ante el incumplimiento total o parcial de las obligaciones caucionadas, situación que será calificada por el mandante quien determinará si procede al cobro de esta.

Garantía de correcta inversión del anticipo

El anticipo es una cantidad de dinero que entrega el propietario al contratista con cargo y a cuenta del precio del contrato, debiendo restituir dicho monto durante la ejecución del proyecto, normalmente descontando una cantidad en cada estado de pago del contrato. La finalidad de este anticipo es que el propietario colabore con el contratista en el financiamiento de la primera etapa de la obra, por lo que no se trata de fondos de libre disposición y se hace necesario velar porque los recursos anticipados sean real y efectivamente invertidos en el proyecto. Para que cumpla el objetivo de caucionar los recursos entregados, el monto de la garantía debe ser equivalente al monto del anticipo.

Garantía de correcta ejecución de las obras

Con esta garantía se busca caucionar los eventuales daños, defectos, errores o imperfecciones que la obra ejecutada pueda experimentar una vez terminada y recepcionada. Normalmente se establecen con una vigencia de 12 a 18 meses.

Garantía por canje de retenciones

Se establecerá esta garantía para el caso en que el propietario, en los respectivos estados de pago del contrato, efectúe descuentos con el objeto de establecer una garantía adicional en su favor, para la correcta ejecución de los trabajos, así como el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato. Estas retenciones de pago pueden ser canjeadas, sustituidas o reemplazadas mediante una boleta o póliza, por el monto equivalente a la retención efectuada. Dichas garantías deben ser restituidas por el mandante una vez efectuada la recepción provisoria de la obra.